La plusvalía municipal en Madrid es un impuesto local que grava el incremento del valor del suelo urbano cuando un inmueble se vende, se hereda o se dona. Su nombre oficial es el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), y es gestionado por el Ayuntamiento de Madrid.
Este tributo solo se aplica al valor del suelo y no al de la construcción. Su finalidad es que el ayuntamiento participe en la revalorización del suelo durante el período en que un propietario ha tenido el inmueble en su posesión.
Dependiendo de la operación, la responsabilidad del pago recae en:
En algunos casos, el comprador y el vendedor pueden acordar quién asume el pago en la escritura de compraventa, aunque legalmente es obligación del vendedor.
Desde la reforma de la ley en 2021, hay dos métodos de cálculo y los vendedores pueden elegir el más favorable:
1. Método Objetivo (por Coeficientes)Se multiplica el valor catastral del suelo por un coeficiente establecido según los años de posesión. Este coeficiente se actualiza anualmente y en 2025 se puede consultar en el portal del Ayuntamiento de Madrid.
2. Método Real (por Ganancia Real)Este método permite calcular la plusvalía sobre la diferencia entre el precio de compra y el precio de venta. Si la plusvalía resultante es menor que la del método objetivo, se aplicará este cálculo.
Supongamos que un propietario compró una vivienda en Madrid en 2010 y la vende en 2025. Datos:
Cálculo con el método objetivo:
Base imponible = 50.000€ × 0,12 = 6.000€
Impuesto a pagar = 6.000€ × 30% = 1.800€
Cálculo con el método real:
Si el precio de compra fue 200.000€ y el precio de venta es 250.000€, la ganancia es de 50.000€. Si el valor del suelo representa el 40% del total, la plusvalía se calcula sobre 20.000€. Aplicando el 30% de impuesto, el resultado sería 6.000€.
Como el método objetivo resulta en un impuesto de 1.800€, el vendedor usará este cálculo porque es más favorable.
Existen varios casos en los que no se debe pagar este impuesto:
Para más detalles sobre bonificaciones y exenciones, puedes consultar la Ley Reguladora de Haciendas Locales.
El pago de la plusvalía municipal debe realizarse en el Ayuntamiento de Madrid en un plazo de:
El trámite se puede realizar de forma presencial o telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid.
La plusvalía municipal en Madrid es un impuesto obligatorio para la mayoría de vendedores de vivienda, pero su importe varía según la fórmula de cálculo. Gracias a la reforma de 2021, ahora es posible elegir el método más ventajoso. Para asegurarte de pagar lo justo, consulta siempre la normativa vigente y solicita ayuda profesional si es necesario.
Para información oficial, puedes visitar el Ayuntamiento de Madrid o consultar un asesor fiscal especializado.